¿Es legal publicar los datos personales de vecinos morosos en el tablón de anuncios de la comunidad?

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LEXITER Abogados Online

Por Jordi Vegueria Ocáriz, abogado en LEXITER Abogados

Introducción

En las comunidades de propietarios de toda España, la gestión de la morosidad plantea retos tanto jurídicos como convivenciales. Uno de los más controvertidos es la publicación en el tablón de anuncios comunitario del nombre, apellidos, DNI y deuda del vecino que no paga. Aunque esta práctica busca presionar al deudor y mantener informados a los comuneros, también supone el tratamiento de datos personales altamente sensibles. ¿Es legal? ¿Dónde está el límite entre la legítima gestión económica de la comunidad y la vulneración del derecho a la protección de datos?

En este artículo analizamos en profundidad la legalidad de esta práctica, los límites impuestos por el RGPD, la LOPDGDD y la Ley de Propiedad Horizontal, y cómo actuar si Ud. es el afectado.


1. El marco legal: RGPD, LOPDGDD y LPH

El tratamiento de datos personales en comunidades de vecinos se encuentra regulado por tres normas principales:

  • Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – Reglamento (UE) 2016/679
  • Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)
  • Ley de Propiedad Horizontal (LPH) – Ley 49/1960

El RGPD exige que todo tratamiento de datos sea lícito, leal y transparente. Además, impone principios como la minimización de datos, la limitación de la finalidad y la confidencialidad (art. 5 RGPD). Publicar datos como el nombre y DNI de un vecino moroso solo puede hacerse si existe una base legal clara, adecuada y proporcionada.

La LPH, por su parte, únicamente permite notificar por tablón cuando haya sido imposible notificar al propietario por medios habituales (domicilio designado, correo postal, etc.), y siempre que se justifique con firma del secretario y visto bueno del presidente (art. 9.1.h LPH). Esta notificación subsidiaria tiene valor legal, pero debe cumplirse escrupulosamente el procedimiento.


2. ¿Cuándo es ilegal la publicación de estos datos?

Las comunidades solo pueden publicar datos personales si existe una base legal (art. 6 RGPD). Fuera del supuesto previsto en la LPH (notificación fallida), cualquier exposición de datos como el nombre, DNI o deuda de un vecino es ilícita y puede ser sancionada por la AEPD. Además, incluso cuando el tablón se usa legalmente, los datos deben ser mínimos: lo correcto es identificar por número de vivienda, no por nombre ni DNI.

En múltiples resoluciones, la Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a comunidades por este tipo de publicaciones, como en el caso PS-00277-2023 (multa de 1.000 €), donde se colgó en un tablón accesible una relación de vecinos morosos con nombre y apellidos, vulnerando el principio de confidencialidad.


3. ¿Dónde está el límite? Acceso restringido y uso mínimo de datos

El tablón de anuncios debe estar ubicado en un espacio privado, accesible solo a propietarios. Si está cerca del ascensor o en el portal, puede ser visto por terceros (repartidores, visitantes, inquilinos), lo que convierte una información interna en una divulgación pública indebida. Este matiz ha sido clave en sentencias como la de la Audiencia Nacional del 27 de septiembre de 2019, donde se declaró ilícita la publicación porque “el anuncio podía ser visto no solo por vecinos, sino por terceros ajenos”.

Además, la inclusión del DNI completo se considera desproporcionada y contraria al principio de minimización. La LPH no exige su publicación y su inclusión agrava la infracción. Basta con referirse a la vivienda («Piso 3ºB – deuda pendiente»), sin necesidad de señalar a la persona concreta.


4. Derechos del comunero afectado

Si un vecino descubre que sus datos personales han sido publicados sin base legal, puede ejercer:

  • El derecho de supresión (art. 17 RGPD), solicitando la eliminación inmediata de sus datos del tablón;
  • El derecho de oposición (art. 21 RGPD), para evitar futuros tratamientos similares;
  • La reclamación ante la AEPD, que puede ordenar la retirada y sancionar a la comunidad;
  • La vía judicial, en casos graves, incluso por vulneración del derecho al honor si se le ha señalado públicamente.

5. ¿Cómo actuar frente a una publicación indebida?

El afectado debe documentar la publicación (fotografías, fecha, contenido) y remitir un escrito formal al administrador o presidente, solicitando la retirada inmediata y advirtiendo de las consecuencias legales. Si no hay respuesta, la AEPD puede intervenir rápidamente.

Además, se recomienda enviar una advertencia formal para prevenir futuras exposiciones, recordando que las multas pueden ascender a miles de euros y afectar no solo a la comunidad, sino también a los profesionales que gestionan los datos.


6. Buenas prácticas para evitar sanciones

Las comunidades deben extremar la prudencia y seguir estas recomendaciones:

  • Priorizar notificaciones privadas (correo postal, burofax, email cifrado);
  • Evitar usar el tablón salvo en casos de notificación subsidiaria justificada;
  • En todo caso, publicar solo datos mínimos (número de piso, no nombre ni DNI);
  • Garantizar que el tablón esté en zona accesible solo a propietarios;
  • Formar al administrador en protección de datos y buenas prácticas de gestión.

Conclusión

Exponer en el tablón de la comunidad el nombre, DNI y deuda de un propietario no es legal, salvo en el único caso del art. 9.1.h LPH, y siempre bajo condiciones estrictas. Publicar estos datos sin cumplir los requisitos legales supone una vulneración del derecho fundamental a la protección de datos y puede acarrear consecuencias graves.

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Esta guía ha sido elaborada con un enfoque práctico y jurídico para que tanto propietarios como administradores puedan conocer exactamente cómo actuar en estos casos y evitar sanciones.

En LEXITER Abogados ayudamos tanto a propietarios como a comunidades a actuar con seguridad jurídica en materia de protección de datos. Si ha detectado una situación como esta, o desea prevenir riesgos en su comunidad, cuente con nosotros.


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