Autor: Jordi Vegueria Ocáriz, abogado en LEXITER Abogados
Importar mercancías desde un país tercero puede parecer un laberinto de siglas y formularios, pero el proceso se resume en cinco grandes hitos: identificación del operador, clasificación de la mercancía, licencias previas, despacho aduanero y fiscalidad. En este artículo repasamos, paso a paso, todo lo que necesita saber para que sus envíos crucen la frontera sin sobresaltos.
1. Registro EORI: su “DNI” aduanero
El EORI (Economic Operators Registration and Identification) es obligatorio para cualquier operación aduanera en la UE.
- Entre en la Sede Electrónica de la AEAT → Aduanas → Registro EORI.
- Rellene el formulario (datos fiscales, representante legal, etc.).
- Recibirá su número EORI en unos días; con él podrá presentar declaraciones, firmar DUA y solicitar regímenes especiales.
Consejo: pida el EORI antes de cerrar la compra. Sin él, la mercancía quedará retenida en frontera.
2. HS Code / Nomenclatura Combinada: la clave de la tarifa
Cada producto debe encuadrarse en un HS Code (6 dígitos internacionales) que en la UE se amplía a 8 (CN-8) o 10 (TARIC-10). La partida correcta determina:
- Derechos arancelarios.
- Licencias o controles (sanitarios, CITES, dual-use, etc.).
- Tipo de IVA e incluso restricciones de contingentes.
Cómo clasificar su producto
- Describa material, uso y presentación.
- Consulte la base TARIC (AEAT) o las Notas Explicativas del Sistema Armonizado.
- Si persisten dudas, solicite una Binding Tariff Information (BTI): la resolución es vinculante durante seis años.
3. Comprobación de licencias y certificaciones
Antes de embarcar, pregunte si su mercancía requiere:
| Tipo de control | Ejemplos de productos |
|---|---|
| Sanitario y fitosanitario | Alimentos, piensos, plantas |
| CITES / fauna | Madera tropical, pieles, animales vivos |
| CE / seguridad | Juguetes, máquinas, EPI |
| Cultural | Obras de arte, antigüedades |
Desde junio 2025 determinados certificados viajan ya por la ventanilla única EU CSW-CERTEX, de modo que el agente de aduanas podrá adjuntarlos digitalmente.
4. Presentación de la DUA: cuándo y cómo
- ¿Cuándo se presenta? En cuanto el medio de transporte llega al primer puerto, aeropuerto o punto fronterizo español.
- ¿Quién la presenta? Usted o su representante aduanero.
- Pasos dentro de la DUA
- Datos del importador (EORI).
- HS/CN/TARIC de cada partida.
- Valor en Aduana (CIF: coste, seguro, flete).
- Solicitud de regímenes (admisión temporal, perfeccionamiento activo, etc.).
El sistema calcula automáticamente aranceles e IVA. Sin su pago—o aplazamiento—no se emite el justificante de despacho y la mercancía permanece en depósito.
5. Aranceles: ¿siempre se pagan?
No siempre. Factores que pueden reducirlos a 0 %:
- Acuerdos preferenciales (por ejemplo, UE-Vietnam, UE-Canadá).
- Régimen de perfeccionamiento activo (importa para transformar y reexportar).
- Cuotas o contingentes anuales (textil, aluminio, etc.).
Verifique si su código TARIC muestra “AD VALOREM 0 %” o la posibilidad de certificado de origen preferencial (EUR.1, Form-A, etc.).
6. IVA de importación: la duda estrella
Aunque el proveedor extracomunitario facture sin IVA europeo, la Ley 37/1992 exige que cualquier bien destinado a consumo en España tribute:
Base imponible IVA = valor CIF + arancel + gastos hasta la primera entrada
Ejemplo rápido
| Concepto | € |
|---|---|
| Valor factura | 10 000 |
| Transporte/seguro (CIF) | + 500 |
| Valor en Aduana | 10 500 |
| Arancel 3 % | + 315 |
| Base IVA | 10 815 |
| IVA 21 % | 2 271,15 |
| Total a pagar en Aduana | 2 586,15 |
- El importador desembolsa 2 586,15 € al presentar la DUA.
- Deduce los 2 271,15 € en su próximo modelo 303, por lo que el IVA no es un coste definitivo.
7. IVA diferido: importar sin desembolsar
Desde 2015 las empresas que declaran IVA mensualmente pueden optar por el IVA diferido:
- Marque la casilla 530 del modelo 036 en noviembre (o al iniciar actividad).
- El sistema traslada la cuota directamente al modelo 303 sin cargo en banco.
- Gana liquidez y evita avales.
8. Línea temporal resumida
- Negociación y proforma con proveedor.
- Alta EORI.
- Clasificación HS y comprobación de licencias.
- Envío (EXW, FOB, CIF, etc.).
- Llegada a puerto/aeropuerto → presentación DUA.
- Pago/aplazamiento de aranceles + IVA → justificante de despacho.
- Retirada de mercancía y puesta en circulación.
- Contabilización y deducción de cuotas en modelo 303.
9. Preguntas frecuentes (FAQs)
| Pregunta | Respuesta breve |
|---|---|
| ¿Puedo recuperar el IVA si reexporto? | Sí. Deduces el IVA y la exportación va exenta (art. 21 LIVA). |
| ¿Qué valor usa Aduanas si el transporte lo paga el proveedor? | El CIF siempre incluye el flete y seguro hasta la frontera de la UE, aunque lo pague el vendedor. |
| ¿Necesito agente de aduanas? | No es obligatorio, pero altamente recomendable para evitar errores de HS, licencias y plazos. |
| ¿Particulares pagan IVA? | Sí, salvo franquicias de < 150 € (envíos de escaso valor) o equipaje personal dentro de la franquicia de viajeros. |
10. Claves 2025: ICS2 fase 3 y ventanilla única
- ICS2 fase 3 (1-sept-2025): las Declaraciones Sumarias (ENS) se migran al nuevo sistema; los transitarios deberán aportar datos HS de 6 dígitos antes de la carga.
- EU CSW-CERTEX: certificaciones fitosanitarias, CITES y de bienes culturales se transmiten electrónicamente, acelerando el despacho, pero exige coordinación previa con su proveedor.
Conclusión
Importar con éxito no es cuestión de suerte, sino de planificación: obtenga su EORI, clasifique bien su mercancía, asegure licencias, presente la DUA con datos exactos y escoja el régimen de IVA que mejor proteja su tesorería. Con estos pasos, el “laberinto” aduanero se convierte en un proceso automático y rentable.
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En LEXITER Abogados ponemos a su servicio un equipo especializado en Derecho Aduanero y Fiscalidad Internacional. Gestionamos sus EORI, clasificamos su mercancía, tramitamos DUA, solicitamos regímenes especiales y recurrimos liquidaciones indebidas, para que su empresa importe sin sorpresas y maximice su flujo de caja.
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